Cuando se trata de comprar una vivienda, la ilusión con la que se afronta la operación una vez tomada la decisión suele venirse abajo a la hora de obtener financiación por parte de la entidad crediticia.
Para empezar, hay que tener en cuenta que el estudio por parte de la entidad financiera tarda alrededor de dos meses, por lo que a la hora de firmar un contrato de reserva de vivienda o de arras, habrá que prever este periodo de tiempo o incluir una exclusión en la ejecución de las arras en el caso de que no se pueda cumplir con la obligación de firmar el contrato de compra. Además, las entidades financieras suelen exigir al cliente que aporte alrededor del 20% del precio del inmueble por sus propios medios. También hay que tener en cuenta que los gastos e impuestos derivados de la operación de compraventa suelen suponer entre el 10 y el 12% del precio, dependiendo de la comunidad autónoma de que se trate.
Siempre es aconsejable realizar el estudio con tres entidades diferentes para mejorar el mínimo poder de negociación con ellas. Para ello, es conveniente consultar las redes de las entidades que ofrecen los mejores préstamos en cada momento.
Las condiciones más importantes a la hora de valorar la formalización de un préstamo hipotecario son las siguientes
– Solvencia: Es muy importante tener en cuenta que tanto si la entidad financiera nos concede el préstamo como si no tras estudiar nuestra solvencia sabemos que vamos a poder pagar el préstamo y para ello es recomendable que la cuota mensual no supere un tercio de nuestros ingresos.
– Tipo de interés: El tipo de interés puede ser fijo o variable. Si es fijo, tendremos la seguridad de que la cuota no variará a lo largo del préstamo. Si es variable, estaremos jugando con la incertidumbre del mismo en el futuro. En el caso del interés variable, los préstamos suelen establecer que el tipo se compone de un porcentaje fijo que puede variar entre el 1 y el 3% actual (llamado «diferencial») y otro porcentaje variable que suele estar referenciado al Euribor. En este sentido es aconsejable evitar los tipos referenciados a otros índices.
– Duración: Lo suyo es que el préstamo no dure más allá de la edad estimada de jubilación respetando en todo caso los límites legales vigentes.
– Comisiones: Es aconsejable intentar reducir al máximo las comisiones, especialmente las de amortización anticipada parcial o total del préstamo para evitar que en algún momento necesitemos devolver el préstamo y la comisión nos dificulte hacerlo.
– Moneda: Es importante que la moneda en la que se formalice el préstamo sea el euro para evitar el riesgo del factor país, como ha ocurrido con las famosas hipotecas multidivisa.
– Bonos: Las entidades financieras suelen reducir el diferencial de tipos a cambio de obligar al cliente a contratar otros productos auxiliares con la entidad financiera, como seguros de protección de pagos, seguros de daños materiales, tarjetas de crédito, domiciliación de recibos y/o nóminas… En este sentido, hay que asegurarse de que los importes que nos cuestan estas vinculaciones son de mercado y que no nos están repercutiendo la reducción del tipo a través de las vinculaciones.
– Otras cláusulas: Al margen de lo anterior, y dado que los préstamos hipotecarios son eternos, debemos ser precavidos y tomarnos el tiempo de leer detenidamente toda la escritura del préstamo, entendiendo todo el documento párrafo a párrafo y asegurándonos de que la entidad financiera no ha introducido ninguna cláusula (por ejemplo, la cláusula suelo) que haga que el préstamo contratado no se parezca al que se pretendía contratar.
Para ello, siempre tenemos la obligación impuesta por el legislador a los notarios de asesorar a los consumidores y resolver las dudas que puedan tener.
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